Archivo de diciembre 2005
Claro de Luna.
Mi familia y otros animales.
En defensa de la Constitución.
El sábado 3 de diciembre hubo una concentración en Madrid a favor de la Constitución (es curioso que se celebrara el día 3 y no el 6, que sería su fecha idónea, pero imagino que la gente quería cogerse el puente, y hacer una concentración política para que en lugar de 200000 personas vayan al final 1500 no se puede utilizar como arma arrojadiza). Y la verdad es que me parece perfecto. Yo también estoy de acuerdo en que esta Constitución hay que defenderla. Me parece que estamos viviendo unas circunstancias políticas que la hacen peligrar. Diré algunas:
Artículo 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la
formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento
fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su
actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su
estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Es decir, un partido político (aunque tenga detrás el apoyo de, digamos, 10 millones de electores) que no tenga estructura interna y funcionamiento democrático no está dentro de la Constitución. Estructura interna democrática significa que los representantes políticos deben ser elegidos por las bases, que por ejemplo sus dirigente no puede dictaminar unilateralmente la “sucesión” dentro del partido, sino que deberían ser los propios afiliados los que eligieran a su secretario general o a su presidente. Que no vale eso de la candidatura única de consenso –es curioso que se critique a Castro porque a sus elecciones concurre una candidatura única cuando después vemos cómo entiende cierto partido la democracia interna-, o que el jefe señale con el dedo al candidato al que hay que votar. Funcionamiento democrático consiste en que las bases tienen derecho a opinar, a que las ideas de los afiliados deben votarse democráticamente y aceptarse si obtienen la mayoría de los votos. Significa también que hay libertad de expresión, que no se puede reprender (en público o en privado) a quien discrepe de la “línea oficial” del partido (algo que ya de por sí es espeluznante, que te reprendan en tu propio partido por opinar). Sí, definitivamente creo que este artículo se ve en peligro.
Artículo 9
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que
la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida
política, económica, cultural y social.
Creo que este punto del artículo 9 también está en peligro. Particularmente los ayuntamientos están incumpliéndolo flagrantemente. En particular en lo que respecta a las personas físicamente discapacitadas. Algo tan simple como ir por la calle o tomar el transporte público resulta sencillamente imposible para muchos ciudadanos. Creo que en ningún momento en la Constitución se da prioridad a poner macetas por las calles antes que a eliminar de ellas las barreras arquitectónicas.
Pero me parece mucho más interesante combinar este punto del artículo 9 con el artículo 14 y con el punto 1 del artículo 35:
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al
trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través
del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades
y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación
por razón de sexo.
[...]
Supongamos que dos personas, un hombre y una mujer, ocupan en una misma empresa dos puestos iguales. Ambos llevan en la empresa el mismo tiempo, y el hombre gana más que la mujer. Esta situación es claramente anticonstitucional, pues va en contra del artículo 35.1, y del 14, con lo cual la empresa está claramente fuera de la Constitución. Pero es que, además, los poderes públicos que no actúen contra la empresa también están actuando de forma anticonstitucional violando el artículo 9. Lo curioso es que es una situación de lo más común del mundo. Y lo más curioso es que un partido que pretenda defender la Constitución esté formado en gran medida por empresarios que llevan a cabo esta práctica.
Otra interesante combinación:
Artículo 33
[…]
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa
justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente
indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y
adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y
establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho,
regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para
impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción
urbanística de los entes públicos.
Artículo 128
1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su
titularidad está subordinada al interés general.
2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley
se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales,
especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención
de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
Artículo 149
- El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
[…]
18. […] legislación sobre expropiación forzosa; […]
A ver si me aclaro: si me dicen que yo tengo un derecho, se supone que nadie me puede pedir que pague por ese derecho, porque para eso es un derecho. Si por ejemplo compro la entrada a una discoteca y me dicen al comprarla que la entrada me da derecho a tomarme una copa, nadie puede pedirme luego que pague por esa copa. ¿Para qué se me asegura que tengo derecho a una copa si he de pagarla? Yo ya sabía antes de comprar la entrada que, pagando, podía tomarme cuantas copas quisiera. El pagar por una copa no es u derecho que se me reconozca al comprar la entrada.
¿Alguien tiene que pagar algo por su derecho a la vida? ¿Alguien tiene que pagar algo por su derecho a la intimidad? ¿Por qué entonces, si la Constitución reconoce el derecho a una vivienda digna, he de pagar por ella (y un precio desorbitado)? La Constitución me reconoce un derecho, el de tener una vivienda digna. La riqueza nacional (incluidos los bienes inmobiliarios), independientemente de su titularidad, está subordinada al interés general. Se reconoce el derecho a la propiedad privada, pero ese derecho se supedita al interés social y a la utilidad pública, y el Estado tiene la competencia de la expropiación forzosa. ¿A cuento de qué los españoles dedican de media el 60% de su renta a pagarse una vivienda? ¿Por qué el Estado (como ocurre en países como Suecia o Finlandia) no proporciona una vivienda digna a las parejas jóvenes que no tienen medios para pagársela (y eso significa que en el momento de la compra no tienen el capital necesario para pagar una vivienda, no que no puedan encontrar un trabajo y una entidad financiera que les permitan pagarla a plazos)?
En este país se está permitiendo algo peligrosísimo. Un bien reconocido como derecho por la Constitución se ha convertido en mero objeto de mercado. Y lo peor de todo es que su precio se ve catapultado sin freno alguno. ¿Alguien consideraría tolerable que en el plazo de 6 años el precio de la comida se multiplicara por 3, mientras que los salarios apenas suben un 3% anual? ¿Alguien se imagina cómo podríamos sobrevivir si tuviéramos que pagar cada mes entre un 11% y un 17% más por la comida o la ropa? ¿Por qué permitimos entonces que eso ocurra con la vivienda? Según cifras recientemente publicadas (creo recordar que la fuente era la Cámara de Comercio de la Comunidad de Madrid, pero no puedo asegurarlo) el mercado inmobiliario español tenía los siguiente 3 tipos de clientes principalmente: con casi el 80% de la cuota de mercado, parejas que buscan su primera vivienda, con cerca del 9%, parejas europeas mayores de 60 años que vienen a pasar sus últimos años a climas más cálidos, y casi un 14% de inversores que compran una segunda vivienda única y exclusivamente como una inversión rentable, a la que no le dan salida sino para venderla por un precio mayor del de compra.
¿Cómo se puede tolerar que un mismo producto, una vivienda, triplique su precio en 6 años, en lugar de moderar su precio? ¿A santo de qué una misma vivienda vale más 6 años después de su compra? ¿Por qué sube tanto el precio de una vivienda si los sueldos apenas se incrementan?
Nuestro derecho constitucional a una vivienda digna está en grave peligro. Y si señalamos con el dedo a los que lo están poniendo en peligro seguramente veremos que muchos de ellos rodean frecuentemente a los que convocaron la concentración de Madrid de el día 3 en defensa de la Constitución (si es que no estaban ya allí). Es un poco irónico, ¿no les parece?
Ante eso caben varias posibilidades. Una de ellas, extrema, sería que el Estado usara su competencia constitucional de expropiación forzosa de los pisos que hay ahora mismo en construcción o venta (más de 700000, cuando la misma fuente de las estadísticas antes citadas hablaban de que ahora mismo se necesitan menos de 400000 viviendas para satisfacer la demanda), les provea a las parejas jóvenes de una vivienda digna, y venda el resto a europeos ancianos o a inversores. Solución radical, claro, pero totalmente constitucional.
Hay otra solución: declarar la vivienda bien de interés social, y crear una empresa pública de construcción. En los países nórdicos, como ya he citado, la solución es parecida. ¿Cómo se pagaría eso? Muy sencillo, mediante los impuestos. Claro, que eso significa subir los impuestos. Pero, sinceramente, yo preferiría pagar el 35% de mi sueldo en un impuesto así para asegurarme una vivienda digna que tener que entregar el 60% de mi sueldo durante 20 años a una entidad financier, sabiendo además que ese dinero sólo va a servir para pagar mi casa y no para solucionar el problema a otras personas. Al fin y al cabo, una hipoteca es como un impuesto que nos cobra el banco por pretender tener una casa. Y, por cierto, si una empresa pública se dedica a construir viviendas y entregarlas a parejas jóvenes que no tienen el capital suficiente para pagarlas, o que pagan sólo lo que vale construirlas, el mercado inmobiliario necesariamente ha de hacer que caigan los precios, con lo que, al final, no iba a resultar un gasto tan tremendo. Hace 15 años, una vivienda media costaba fácilmente 2 ó 3 millones de pesetas. Ese precio no era, por supuesto, el precio que costaba construir la casa, sino ya el precio de venta. Teniendo en cuenta la subida del IPC de estos 15 años, el precio de coste de la construcción una casa no superaría seguramente ese precio. Creo que la solución del impuesto del 35% es mucho mejor que la de dedicar el 60% del sueldo a la hipoteca durante 20 años.
Artículo 41
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social
para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones
sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso
de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
Artículo 43
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a
través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
[...]
Artículo 50
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y
periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos
durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las
obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de
servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud,
vivienda, cultura y ocio.
Es algo conocido que cierto partido aboga por la sanidad privada en lugar de la sanidad pública. Ello se debe a que parte de sus afiliados o de los grupos de presión que los apoyan tienen importantes intereses en empresas de salud privadas (ya sean en clínicas privadas o mediante mutuas de salud), en empresas bancarias que ofrecen productos de planes de pensiones o aseguradoras que ofrecen planes de pensiones, seguros de salud y seguros de jubilación. A un partido que tiene estas orientaciones económicas lo que le interesa es que cada vez haya más gente que se decida por contratar los servicios de un seguro de salud privado o de un seguro de jubilación o plan de pensiones privado. La mejor manera de conseguir esto es dedicando cada vez menos recursos a la sanidad pública y a la Seguridad Social. Me resulta sospechoso que un partido así defienda como debería hacerlo estos derechos constitucionales. En cualquier caso, la sanidad pública debería ser asunto de estado, y dejar de ser motivo de disputa política.
Pero mi preferido es (otra vez):
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo,
a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del
trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y
las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por
razón de sexo.
[…]
Artículo 40
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el
progreso social y económico y para una distribución de la renta regional
y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad
económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno
empleo.
2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice
la formación y readaptación profesionales, velaran por la seguridad e
higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la
limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la
promoción de centros adecuados.
Y digo yo: ¿qué pasa con Cádiz? ¿Por qué en una ciudad de 143000 habitantes, uno de cada 3 en edad de trabajar no tiene empleo? La escasez de empleo en la ciudad (y en toda la bahía) no es un problema coyuntural. No se trata de una situación particular de una parte de la población o de algo pasajero. Llevamos así ya varias décadas, y no hay visos en el horizonte de que la cosa vaya a arreglarse. Ni distribución equitativa de la renta a nivel regional o personal, ni condiciones favorables para el progreso social y económico, ni readaptación profesional, ni (por supuesto) trabajo. A los gaditanos se nos niega un derecho constitucional, pero es más, se nos impide cumplir con un deber constitucional. La única solución que se nos ofrece es la emigración (llamemos a las cosas por su nombre), incumpliendo los poderes públicos su obligación constitucional de promover las condiciones favorables para el desarrollo social y económico y la distribución equitativa de la renta regional.
La verdad es que sí que veo muchos motivos por los que concentrarse a favor de la Constitución. La verdad, creo que muchos de sus artículos están en peligro. No en la letra, sino en su cumplimiento. Creo que se pisotean sistemáticamente algunos de nuestros derechos constitucionales. Sí, definitivamente, me apunto a defender la Constitución.
Aunque, la verdad, hay todo un título y algunos artículos que no me hace ninguna gracia. Me parece que por defender ese título y esos artículos no me manifestaría.
(Para consultar el texto completo de la Constitución Española, véase http://www.constitucion.es/constitucion/lenguas/txt/castellano.txt
En la misma página está también disponible en el resto de lenguas oficiales del Estado, así como en inglés y francés.
Los datos estadísticos sobre la vivienda fueron emitidos por los informativos de Quatro tv de las nueve de la noche durante la semana del 28 de noviembre al 2 de diciembre).